Martes 3 diciembre 2024 |
Diputación abre el plazo de las ayudas destinadas a las empresas agroalimentarias para la adquisición de bienes de inversión
Las solicitudes para acogerse a las subvenciones, que suman un importe global de 150.000 euros, pueden presentarse desde mañana miércoles
La Diputación de Málaga abre mañana, miércoles, tras la publicación hoy en el Boletín Oficial de la Provincia, el plazo para acogerse a una nueva convocatoria de ayudas para la adquisición de bienes de inversión. Se trata, en esta ocasión, de subvenciones destinadas a las empresas de producción, transformación y distribución del sector agroalimentario, así como a los comercios de alimentación de la provincia por un importe global de 150.000 euros. Estas ayudas forman parte del Plan Málaga para la recuperación económica y social de la provincia.
Son subvenciones de concurrencia no competitiva, es decir se conceden en orden de llegada, a lo que se une que son convocatorias no excluyentes, por lo que una misma empresa puede optar a estas nuevas ayudas habiendo solicitado previamente alguna de las anteriores.
Estas subvenciones otorgarán hasta un máximo de 6.000 euros por solicitante y están destinadas a cubrir las inversiones de adaptación al Covid-19, realizadas entre el 14 de marzo y el 30 de noviembre de 2020, en medidas de protección impuestas por las autoridades sanitarias, como, por ejemplo, mamparas protectoras, sistemas de control de aforo y equipos de desinfección. Incluyen también inversiones dedicadas al crecimiento de la empresa (como la adquisición de software y hardware -programas y equipos informáticos- para la transformación digital) o elementos de transporte y equipamiento vinculados al servicio a domicilio y a su manipulación.
El plazo para acceder a esta convocatoria de ayudas del Área de Desarrollo Económico y Social finaliza el 30 de noviembre.
En el Boletín Oficial de la provincia de Málaga de fecha 17 de noviembre se ha publicado extracto de la convocatoria de subvenciones a autónomos y/o empresas del sector agroalimentario y comercio de productos alimenticios para bienes de inversión, aprobada mediante Decreto de la Presidencia núm. 2020/4487, de 11 de noviembre.
Dicha convocatoria está regulada por las bases reguladoras aprobadas mediante Decreto de la Presidencia núm. 2020/2898, de 1 de septiembre, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de 7 de septiembre de 2020, ratificado mediante acuerdo de Junta de Gobierno de 23 de septiembre de 2020, punto 5.5. Estas bases reguladoras fueron modificadas mediante acuerdo de Junta de Gobierno de 21 de octubre de 2020, punto 1.1.2, y publicada, dicha modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de 30 de octubre de 2020.
El objeto de la convocatoria es la regulación del procedimiento de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, a autónnomos y/o empresas del sector de agroalimentario y comercio de productos alimenticios, radicado en la provincia de Málaga, para la adquisición de bienes de inversión necesarios para asegurar las medidas de protección impuestas por las autoridades sanitarias, así como inversiones destinadas a llevar a cabo estrategias de crecimiento empresarial, según se recoge en el artículo 1 de las bases reguladoras.
Las entidades podrán presentar una sola solicitud de subvención en la convocatoria.
Para solicitar la subvención deberá entregar, teniendo en cuenta las indicaciones que aparecen más abajo, los anexos y la documentación indicados en el artículo 3 de las bases reguladoras. Recuerde que en la fase de solicitud, solo deberán presentar, además de la documentación requerida, los anexos I, II, III y IV. El resto de anexos (J1 yJ2) no deben entregarse en este momento del procedimiento.
La presentación de solicitudes, con la documentación prevista, se efectuará por cualquiera de los medios siguientes en atención a que los solicitantes estén obligados o no a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
1. Para los interesados obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos:
a) En el registro electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica en el vínculo https://sede.malaga.es/registro-electrónico/.
b) En el registro electrónico común, accesible en la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do seleccionando después de iniciar el trámite, a través del buscador, la unidad correspondiente a la que, de conformidad con lo establecido en las bases, debe dirigirse, dentro de la Diputación Provincial, la documentación.
2. Para los restantes interesados:
a) En algunos de los medios anteriormente señalados en el punto 1 de la presente cláusula, o
b) En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En la Oficina de Asistencia en materia de registro de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las comunidades autónomas, o entidades que integran la Administración Local, u órganos públicos y entidades integrantes del sector público institucional.
El plazo de presentación de solicitudes se mantendrá abierto desde el 18 hasta el 30 de noviembre de 2020, ambos inclusive.
En las bases reguladoras se especifican los gastos subvencionables, la documentación necesaria para poder solicitar la subvención, así como el procedimiento de concesión y los requisitos para poder solicitar las subvenciones. Le recomendamos lean atentamente dichas bases reguladoras.
Para cualquier duda, pueden contactar con nosotros en el correo electrónico: subvencionesdesarrollo@malaga.es